La Municipalidad de Nono dispuso ampliar la exención al pago de tasa comercial para todo contribuyente que no hubiera podido ejercer su actividad como consecuencia de las medidas dispuestas en respuesta al COVID-19. Por ordenanza 1080/20 habían sido eximidos de abonar la cuota 4 y 5, luego la ordenanza 1083 agregó la cuota 6, 7 y 8 y la ordenanza 1089 prorrogó la medida también por las cuotas 09, 10, 11 y 12 de las Contribuciones por los Servicios de Inspección General e Higiene que inciden sobre la Actividad Comercial, Industrial y de Servicios.

En resumen, comerciante que no hubiera podido desarrollar total o parcialmente su actividad entre el periodo del 15 de marzo hasta el 31 de diciembre 2020, quedará eximido de abonar las cuotas 4, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12 de la Tasa Comercial. Para adherir a este beneficio deberán acercarse a la Municipalidad de lunes a viernes de 07.30 a 13 hs.

Si bien hubo un avance en las flexibilizaciones de actividades comerciales y de servicios determinadas por el COE Provincial, existen establecimientos que aún no pueden abrir sus puertas por no encontrarse exceptuados de las disposiciones del D.N.U. N°297/2020 sus prórrogas, modificatorias y reglamentaciones.

Cabe destacar que la ordenanza dispone también que, a aquellos que hubieran adelantado cuotas del 2020, y que estén comprendidos en el grupo de comerciantes que no pudieron o no pueden desarrollar total o parcialmente sus actividades en el mencionado periodo, se les expedirá, de manera automática, un crédito a favor por el valor de lo abonado.

Referencias:

Ordenanza 1080/2020: https://url2.cl/AAFgB

Ordenanza 1083/2020: https://url2.cl/cQMhT

Ordenanza 1089/2020