Aquí podrá encontrar todos lo necesario para efectuar trámites ene l Registro Civil de Nono.
Aviso: A partir del 05 de setiembre de 2013 el Registro Civil de Nono realiza la toma de Trámites para el Nuevo DNI Y PASAPORTE DIGITAL.
Los Ciudadanos deben conocer que tienen el derecho de gestionar el Trámite del DNI, en cualquier Registro Civil de la República Argentina, siempre que dicha oficina cuente con el equipamiento digital que permita la toma del mismo, ya que es el Registro Nacional de las Personas el que emite dicho documento y lo remite al domicilio declarado por el solicitante.
Es deber de cada Registro Civil Digitalizado tomar el trámite para el nuevo DNI, independientemente del domicilio que tenga ó solicite el Ciudadano, no siendo correcto que deriven al mismo a la Oficina que le correspondería según la jurisdicción en base al Domicilio que declare.
1– Inscripción de Nacimientos e Identificación de los mismos.
Requisitos: DNI de los Padres, donde uno de ellos tenga como domicilio las localidades de A° de los Patos, Las Calles, Las Rabonas, ó Nono. Certificado médico del Parto, y si son casados Libreta de Familia.
Una vez efectuada la Inscripción en el Libro de Nacimientos de este Registro Civil, se procederá a realizar la toma digital para que el Registro Nacional de las Personas proceda a emitir el DNI del recién Nacido.
2– Inscripción de Matrimonios: Solicitar la documentación necesaria en este Registro Civil y el turno correspondiente para la celebración del mismo.
3– Inscripción de Defunciones: Presentar Estadística Vital, Formulario 24 bis Anexo con de corresponder Certificado de Cremación, todos firmados por el Médico Matriculado interviniente; DNI del difunto.
4– Se realizan Transcripciones de Actas de Nacimiento, Matrimonio, o Defunción inscriptos en otros Registros Civiles.
5– Solicitud de Copia de Acta: Las inscriptas en este Registro Civil, sólo son Certificadas. Las Legalizaciones se realizan en la Dirección General de Registros Civiles, Caseros 356, de Córdoba Capital.
6– Actualización de DNI 5 años hasta los 8 años: Es personal e intransferible, debe concurrir el menor acompañado de uno de sus Padres, o tutor legal, presentando Acta de Nacimiento Certificada si fue inscrito dentro de la provincia de Córdoba, o legalizada si dicho nacimiento se realizó en un Registro Civil de otra Provincia.
7.- DNI Actualización de 14 años:
Que en virtud de la recientemente sancionada Ley N° 26774, que establece la edad prevista en que deberá realizarse la Actualización DNI Mayor, la misma pasó de los 16 Años a 14 Años de edad.
Como medida extraordinaria y por el término de un Año, desde la entrada en vigencia de la mencionada Ley a partir del 02 de noviembre de 2012, hasta el 02 de noviembre de 2013, la Actualización de DNI Mayor se deberá efectuar a partir de los 14 Años hasta el día en que el Ciudadano cumpla 17 Años de edad, sin abonar multas ó penalidades.
Luego de este período de transición, la Actualización deberá efectuarse desde los 14 Años, hasta el día en que cumpla los 15 Años. Pasada el limite de Edad, abonará el Trámite con una multa equivalente al mismo valor que tiene el DNI que solicita.
El solicitante puede concurrir sólo a realizar el Trámite, sin necesidad de que concurra alguno de sus Padres.
Los Infractores Mayores de 18 Años, tienen que acompañar junto con su Partida de Nacimiento, el DNI de uno de sus Padres ó de ambos.
En caso que resulte imposible presentar dichos DNI, para que el Ciudadano en cuestión pueda realizar la Actualización de su documento, corresponde acompañar información sumaria de la que surja la identidad del mismo, para realizar el trámite debiendo ser gestionada ante un Juzgado de Paz y avalada por dos Testigos que manifiesten conocer al Ciudadano.
El trámite es personal e intransferible, debe concurrir el menor, presentando Acta de Nacimiento Certificada si fue inscripto dentro de la provincia de Córdoba o Legalizada si dicho nacimiento se realizó en un Registro Civil de otra Provincia.
8– Solicitud de Nuevo DNI:
- Canjede Libreta Cívica ó de Libreta de Enrolamiento. Es personal e intransferible.
- Por Robo, Extravío ó Deterioro: Es personal e intransferible, debiendo presentar denuncia Policial.
- Renovación por vencimiento: Para aquellos que posean el DNI Tarjeta, pueden visualizar en el frente del mismo la fecha de validez de dicho documento, debiendo actualizarlo mediante la solicitud de un nuevo DNI Tarjeta.
9– Pasaporte: Disponible en Consulta SUAC (Sistema Único de Atención al Ciudadano), de la Página www.cba.gov.ar
10– Rectificación de Actas: Deberá presentarse el interesado con la documentación que respalde el pedido de modificación de la misma.
11– Adición de Apellido Materno al Paterno: El Oficial Público completará el formulario correspondiente, para elevar el mismo a la Dirección Provincial, la cual dictará Resolución que autoriza a esta Registro Civil a Rectificar lo solicitado en el Acta en cuestión, debiendo solicitar a posteriori la Rectificación del DNI TARJETA con los nuevos datos. Para mayor de edad es personal e intransferible debiendo presentar su DNI.
Menor de edad deben concurrir sus Padres con el DNI de cada uno de ellos.
12– Inscripción de Sentencia Judicial: Deberá presentarse tres (3) copias del Oficio y tres (3) copias de la Sentencia, (un juego firmado por el Juez/a), para proceder a modificar el Acta correspondiente según lo indicado por el Tribunal de Justicia.
Para el caso que se haya decretado la Insania de un Ciudadano, debe inscribirse esta situación en el Registro de Incapacidades de la Provincia, y luego concurrir a este Registro Civil con los mismos, y el sellado que acredita su inscripción en dicho Registro.
13– Reconocimiento Paterno de un Hijo/a: el trámite corresponde que lo efectúe el Padre del Hijo a Reconocer como propio.Debe presentarse en el Registro Civil donde se efectuó la Inscripción del hijo, con su DNI.
14– Certificado de No Inscripción: Este trámite tiene como fin acreditar que en los Libros de Nacimiento, Matrimonio ó Defunción (según sea la solicitud), no figura Inscripto el Ciudadano de quien se requiere dicha petición.
15– Solicitud de Nombre Propio: Para inscribir un recién nacido con nombres que no estén autorizados, desde este Registro Civil se hará el pedido a la Dirección Provincial, debiendo justificar y/o demostrar documentación que avale el Nombre en cuestión, para que dicha Dirección Provincial emita Resolución que permita la debida Inscripción.
Registro Civil: 03544-498292